El Real Decreto-ley 8/2019, publicado el 12 de marzo de 2019, introdujo la obligación para todas las empresas en España de registrar la jornada laboral diaria de sus empleados. Esta normativa surgió como respuesta a la necesidad de garantizar el cumplimiento de los horarios de trabajo y evitar fraudes relacionados con la no compensación o el no pago de las horas extras trabajadas. El objetivo principal es proteger los derechos de los trabajadores y asegurar que todas las horas trabajadas sean adecuadamente registradas y compensadas.
Las principales obligaciones que impone el Real Decreto-ley 8/2019 a las empresas son:
- Registrar el horario de inicio y fin de la jornada laboral diaria de todos los trabajadores, independientemente de la modalidad del contrato (tiempo completo o parcial).
- Conservar estos registros durante un periodo de cuatro años.
- Poner los registros a disposición de los trabajadores, sus representantes legales e inspectores de trabajo.
El incumplimiento de esta obligación puede resultar en sanciones graves. Desde la implementación de la normativa, se han llevado a cabo numerosas inspecciones que han identificado más de 9.000 infracciones y han impuesto sanciones que superan los 16 millones de euros. Las sanciones pueden variar desde 626 hasta 187.515 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 14 de mayo de 2019 reforzó la necesidad de esta normativa, indicando que es obligatorio para los Estados miembros y las empresas establecer un sistema fiable y accesible para registrar la jornada laboral diaria.
En cuanto a la carga de la prueba en casos de reclamaciones por horas extraordinarias, la normativa ha cambiado significativamente el panorama judicial. Antes de 2019, la carga de la prueba recaía sobre el trabajador, pero con la implementación del registro obligatorio, ahora se espera que la empresa demuestre que no se han producido las horas extraordinarias reclamadas si no cumple con la obligación de registro.
Esta normativa es aplicable a todas las empresas, independientemente de su tamaño, y a todos los trabajadores, aunque existen ciertas excepciones y especificidades para trabajadores con regímenes especiales, como los empleados de la marina mercante y aquellos en el transporte ferroviario transfronterizo.
En resumen, el Real Decreto-ley 8/2019 ha establecido un marco legal claro para el registro de la jornada laboral, con el objetivo de garantizar que todas las horas trabajadas sean adecuadamente registradas y compensadas, fortaleciendo así los derechos laborales en España.